Ence rechaza firmemente las acusaciones de persecución sindical y se ratifica en que las faltas reiteradas al trabajo no pueden ser consentidas

 

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  • La comprobación de las faltas de asistencia del jefe de Aprovechamientos de Ence Navia comenzó antes de que anunciase su voluntad de presentarse a las elecciones sindicales, así que en ningún caso dicha comprobación está relacionada con su actividad sindical.

11 de agosto de 2016 Ence rechaza firmemente las acusaciones del Comité de Empresa de Navia y algunos representantes sindicales de ataque a la libertad sindical y de ilegalidad de los medios para verificar la existencia de graves incumplimientos laborales por parte del Jefe de Aprovechamientos de la compañía en Navia. Los medios empleados por la Empresa han sido plenamente respetuosos con la legalidad vigente y se han ceñido exclusivamente a la jornada laboral del trabajador, con la finalidad de preservar en todo momento su intimidad. 

Ante la sospecha de incumplimientos por parte de dicho trabajador, la empresa inició el proceso de la comprobación de las faltas con fecha 2 de mayo, mientras que conoció la presentación de la candidatura del Jefe de Aprovechamientos a las elecciones sindicales el 13 de mayo. Las elecciones en las que salió elegido tuvieron lugar el 19 mayo, es decir, 17 días después de iniciadas las comprobaciones.

De los 19 días observados, 16 días se le han imputado incumplimientos graves, de los que 4 días son de ausencia total al trabajo, 11 días no trabajó la mitad del día y otro día tan sólo trabajó 1 hora y media. De otros dos días tampoco hay constancia absoluta de que estuviese cumpliendo con sus obligaciones laborales. Sin tener en cuenta estos dos últimos días, se desprende que, de un periodo del tiempo relativamente largo observado, sólo cumplió con sus obligaciones laborales el 46% del tiempo, dedicando el resto a actividades privadas. Todo ello adquiere más gravedad, si cabe, dado que ocupa un puesto de jefatura en la empresa y de representación de los trabajadores.

Hay que resaltar que durante los días observados en ningún momento el jefe de Aprovechamientos de Navia solicitó o justificó ausencias por motivos sindicales.

La apelación a la flexibilidad horaria tampoco se justifica en este caso. La flexibilidad horaria permite ajustar la entrada y la salida al trabajo para conciliar la vida familiar y profesional, pero cumpliendo el número de horas fijadas en el calendario laboral.

A pesar de que Ence ha dado al trabajador todas las garantías comunicándole los hechos y dándole la oportunidad de presentar alegaciones, los incumplimientos no han sido rebatidos en ningún momento por el trabajador.

Ence reitera, en consecuencia, que no hay ninguna persecución y que conductas como las del Jefe de Aprovechamientos de Navia no están amparadas por su condición de representante de los trabajadores.

A pesar de la gravedad de los hechos que han quedado demostrados por medios legales, Ence estimó oportuno dar una nueva oportunidad al trabajador comunicándole una sanción de suspensión de empleo y sueldo de 30 días, y no aplicar la sanción máxima contemplada para estas faltas, el despido, en la confianza de que reconduzca su comportamiento y llegue a ser el jefe de aprovechamientos que Ence necesita en Navia.